jueves, 26 de marzo de 2009




"Consulta previa del Gobierno a indígenas es mentira más grande que cerro San Cristóbal"


La aplicación de la consulta previa por parte del Gobierno hacia los pueblos
indígenas “es una mentira más grande que el cerro San Cristóbal”, afirmó el
Presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuano, Ambiente
y Ecología (CPAAAAE), Róger Nájar, al opinar acerca de las Observaciones y
Sugerencias sobre el Cumplimiento del Convenio 169 OIT en el Perú, emitidas en
febrero del presente año por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios
y Recomendaciones (CEACR) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En esta segunda parte de la entrevista (primera parte fue publicada el martes 24 de marzo del presente), Róger Nájar opina sobre el tercer tema analizado por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, el cual es Consulta y Legislación sobre temas indígenas; y afirma que actualmente el Gobierno no realiza una consulta previa con los pueblos, pues lo que se viene aplicando es una participación ciudadana y éstos son temas totalmente diferentes en cuanto a su concepto y ejecución, por lo que se debería emitir una ley de consulta previa. Sobre este tema, la Comisión de Expertos de la OIT

“insta al Gobierno a avanzar, inmediatamente, con la participación de los
pueblos indígenas, en el diseño de mecanismos apropiados de participación y
consulta y lo exhorta a consultar a los pueblos indígenas antes de la adopción
de las medidas referidas en los artículos 6 y 17, 2), del Convenio y a
proporcionar informaciones sobre el particular.”

Respecto al cuarto tema analizado: Participación, Consulta y Recursos; Nájar sugiere crear una Defensoría de los Pueblos Indígenas, la cual tocaría especialmente temas relacionados con estos pueblos; así como hay una Defensoría del Pueblo que atiende temas generalizados. La Comisión de Expertos, por su parte,

“insta al Gobierno que, con la participación y consulta de los pueblos indígenas
adopte sin demora las medidas necesarias para garantizar: 1) la participación y
consulta de los pueblos indígenas de manera coordinada y sistemática a la luz de
los artículos 2, 6, 7, 15 y 33 del Convenio; 2) la identificación de situaciones
urgentes relacionadas con la explotación de recursos naturales que pongan en
riesgo las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y
medio ambiente de los pueblos interesados y la aplicación rápida de las medidas
especiales que se precisen para salvaguardarlos”.


CONSULTA Y LEGISLACIÓN

¿Qué opina sobre cómo se aplica la consulta previa durante este Gobierno?
No se está dando ningún tipo de consulta previa. Por otro lado, cuando en la Comisión de Pueblos Andinos debatimos una propuesta de ley sobre consulta previa, previamente solicitamos opiniones a los ministerios quienes representan al Estado, y casi todos concluyeron no estar de acuerdo por que no era necesario o que estaban en contra de realizar una consulta previa; y dentro de estos también se incluye a la Presidencia del Consejo de Ministros.

¿Cuál cree que es la principal razón por la que hasta ahora no se soluciona el problema de la consulta previa?
En primer lugar, nunca se ha venido consultando una legislación relacionada a los derechos de los pueblos indígenas, más bien se elabora en los ministerios o en algún bufete de abogados y se lo emite. Eso es lo que prácticamente hemos tenido con más de cien decretos legislativos, de los cuales las organizaciones indígenas señalan que diecisiete afectan sus derechos y por los cuales nunca hubo una consulta. Por otro lado, en el Perú no existe una ley de consulta previa, a pesar que en la Comisión que presido hemos aprobado un dictamen, el mismo que aún no ha sido ubicado en la Agenda del Pleno.

Por un lado, usted asegura que el Estado no aplica la consulta previa con los pueblos indígenas, y por el otro el mismo Estado asegura realizar dicha consulta...
Bueno, eso es una mentira más grande que el cerro San Cristóbal. La realidad es que no se está haciendo ninguna consulta previa cuando se trata de legislar sobre los derechos de los pueblos indígenas o al momento que estos podrían verse afectados con ciertas normas; como tampoco se hace consulta previa al momento de otorgar concesiones o contratos a empresas transnacionales que van a trabajar dentro de los territorios de los pueblos indígenas, a pesar de que también podrían ser afectados en ese aspecto. Esto lo podríamos decir como una denuncia clara y abierta.

En los próximos días la congresista Gloria Ramos presentará un Proyecto de Ley que propone incorporar la consulta previa del Convenio 169 OIT en el Reglamento del Congreso de la República, ¿Cuál es su opinión al respecto?
Conversé con ella, asimismo me compartió su idea de presentar un proyecto ley que pretenda derogar el Decreto Legislativo N° 1064, voluntad que me parece acertada y espero que dicho proyecto de ley a presentar sea derivado a nuestra comisión para aprobarlo, porque muchas cosas relacionadas a ello no se están derivando a nuestra comisión.
De aprobarse el proyecto de ley que está por presentar la congresista Gloria Ramos, ¿estaríamos hablando de solucionar el tema de la consulta previa?
Bueno, de aprobarse sería un paso favorable, pero para llegar a ese fin aún falta un largo camino por recorrer, así que vamos a ver cuál es la voluntad política. Yo creo que tal y como está la situación, pareciera que los pueblos no exigen sus derechos a pesar de las protestas; entonces una forma podría ser que en la Agenda del Pleno se metan las leyes que tienen que ver con los derechos de los pueblos indígenas.

Respecto al Proyecto de Ley 2016/2007-CR, que propone reglamentar la consulta previa… Éste cuenta con un dictamen favorable por parte de la Comisión de Pueblos Andinos, ¿podría explicar por qué dicho dictamen señala que la consulta previa no debe ser vinculante?
Es cierto, sobre dicho Proyecto de Ley nuestra comisión ya emitió un dictámen a pesar que no hubo una opinión concertada cuando nos reuníamos en cada sesión. Por ello, puedo decir que el dictamen no fue una respuesta unánime; por causa de la mayoría de votos aprobatorios la decisión fue que la propuesta no sea vinculante, votos correspondientes a la bancada aprista, fujimorista y de Unidad Nacional. También es importante señalar que previo al dictamen solicitamos opiniones a diversos ministerios y otras instituciones como La Sociedad Nacional de Industrias, el Ministerio de Trabajo, y otros quienes muestran su desacuerdo con esta propuesta. Ahora sólo queda esperar que el Proyecto de Ley 2016, con dictamen aprobatorio, entre en la Agenda del Pleno para que éste decida si se aprueba o regresa a las mismas comisiones dictaminadoras. La Comisión de Constitución y Reglamento (Primera Comisión dictaminadora) aún no emite dictamen alguno y creo que tampoco lo hará, pues ha pasado mucho tiempo desde que el Proyecto de Ley fue derivado a ambas comisiones.
PARTICIPACIÓN, CONSULTA Y RECURSOS

¿Qué opinión le merece el Reglamento de Participación Ciudadana para la Realización de Actividades de Hidrocarburos?
En este caso, como bien lo señala el Informe de la Comisión de Expertos, se ha incrementado la participación de las empresas en cuanto a las áreas de aprovechamiento y recursos naturales. Lo que ellos mencionan es que en el año 92 sólo había 3 millones de hectáreas concesionadas a las empresas, ahora ha dado un salto a 22 millones en el año 2000 y en el caso de la selva cuenta con 75 millones de hectáreas de los cuales el 70% está concesionado a empresas petroleras.
Entonces, el aprovechamiento de los recursos naturales ha generado un sinfín de problemas, por lo que se puede decir que es segura la provocación de una gran agitación social y esa reacción seguirá así mientras no haya una solución. Respecto a ello, la Comisión de Expertos refiere que debe haber participación y consulta a los pueblos de manera coordinada y sistemática; y como segundo lugar, refiriéndonos a la identificación de los problemas urgentes antes mencionados, ya fueron identificados por la Defensoría del Pueblo, y la gran mayoría de los conflictos ocurridos en el país son conflictos socio ambientales relacionados al aprovechamiento de los recursos de propiedad comunal. Entonces, el Gobierno no sólo debe proporcionar información sobre dichas medidas, sino que también debería ver una solución a aplicar, porque hasta ahora no hace nada.
SUGERENCIAS
Respecto a la afirmación que usted hace, sobre que el Gobierno no aplica una consulta previa, ¿qué es lo primero que debería hacer el Estado peruano?
Primero, en todos sus puntos el Estado debe aplicar el Convenio 169 OIT y en segundo lugar se debe sacar una legislación acorde con lo que determina el Convenio 169, como es esta Ley que Regula el Derecho de Consulta Previa a los pueblos Indígenas (Proyecto de Ley 2016), la cual debe aprobarse de una vez.
Para realizar una buena consulta previa con los pueblos indígenas, ¿quién debería correr con dichos gastos, el Estado o la empresa inversionista?
Creo que lo debe hacer el Estado, porque si lo ejecuta la empresa creo que resultaría manipulando el trabajo. Además, en la aplicación de la consulta previa creo que el Estado tiene departamentos especializados como es la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Al momento de ejecutarse por parte del Estado, debe ser adecuadamente informada y consultada vía la ONPE.

Respecto a las observaciones emitidas por la Comisión de Expertos de la OIT, ¿La CPAAAAE emitirá algún pronunciamiento o informe al respecto?
En el Informe final de la CEACR se incuye las observaciones y solicitudes referidas al cumplimiento del convenio 169 OIT en el Perú, emitidas por la Comisión de Expertos de la OIT, la misma que no se nos ha hecho ninguna copia formal, así que la información que tenemos es gracias al reenvío de algunas organizaciones vinculadas con el tema de los pueblos indígenas. Pese a todo ello y a que el documento ya es público, la CPAAAE tomará una posición al respecto.

DATOS
· En Octubre de 2008, el Presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuano, Ambiente y Ecología, Róger Nájar, se reunió con uno de los miembros del Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, José Carlos Morales Morales, a quien le explicó que el Poder Ejecutivo emitió diversos decretos legislativos que violentan los derechos de los pueblos indígenas. Decretos que no pasaron por el Congreso, ni anticipadamente se ejecutó una consulta previa con los pueblos indígenas, tomando en cuenta sólo una consulta previa hacia las empresas inversionistas, ya que todos los decretos legislativos tenían la finalidad de que las empresas inviertan en el país sin considerar a los pueblos indígenas.

· Ante lo expuesto, según Róger Nájar, señaló que José Carlos Morales se mostró sorprendido y resaltó que de inmediato elaboraría un informe dirigido a las Naciones Unidas. Nájar le explicó a Carlos Morales este caso con la finalidad de que el funcionario haga incidencia sobre el tema.

· Es importante detallar, que José Carlos Morales Morales (Costa Rica) es uno de los cinco miembros del nuevo Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; el cual pertenece al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Dicho Mecanismo fue establecido para proporcionar al Consejo los conocimientos temáticos especializados sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas.

Tsiroti - CEDLA

1 comentario:

Anónimo dijo...

viva la amazonia