miércoles, 30 de julio de 2008



Conversatorio: Decreto Legislativo 1090: Ley Forestal y de Fauna Silvestre

Resumen Ejecutivo

Los participantes del conversatorio “Decreto Legislativo 1090: Ley Forestal y de Fauna Silvestre”, ingenieros forestales, abogados ambientales y profesionales interesados en el sector forestal, después de escuchar las pone
ncias de expositores y panelistas así como deliberar en plenaria sobre los alcances del DL 1090 (Ley Forestal y de Fauna Silvestre) llegaron a las siguientes conclusiones:

· La carencia explícita de una política forestal que apueste por la sostenibilidad de los bosques y la competitividad empresarial forestal impide que se pueda dirigir el debate del nuevo marco forestal en un sentido coherente. Se requiere que las discusiones puedan orientarse dentro de un marco de políticas de Estado y no sólo como reacciones a contenidos parciales del DL 1090

· El nuevo marco forestal ha sido elaborado sin los adecuados mecanismos de consulta y participación de los sectores involucrados y se aprecia nítidamente que hay un sesgo para favorecer plantaciones de biocombustibles.

· Si bien es cierto que la anterior Ley 27308 no era perfecta recogía elementos fundamentales para avanzar hacia la institucionalización de manejo forestal sostenible. El modelo de concesiones y el manejo forestal en comunidades que han significado que a la fecha existan más de medio millón de hectáreas certificadas bajo estándares internacionales pone de manifiesto que el modelo tenía interesantes perspectivas de desarrollo. Con el marco de la nueva Ley todo ello queda en la incertidumbre sin tomar en cuenta que ha habido empresarios y comuneros que han apostado por el manejo forestal, que han realizado inversiones y que necesitan estabilidad política, normativa y social para poder seguir desarrollándose. Las propuestas iban en el sentido de mejorar la Ley 27308 y no de cambiarla ni menos de debilitar el manejo de los recursos forestales.

· El nuevo marco legislativo forestal tiene visos de inconstitucionalidad y de ilegitimidad no sólo, por que no han participado los actores involucrados en la actividad forestal, sino porque debilita la participación de la sociedad civil contrariando los compromisos asumidos frente a la Enmienda del TLC.

· La institucionalidad forestal se encuentra en una situación incierta y se aprecia una vocación centralista que se desdice del proceso de descentralización en el que el país está incurso. Además no se soluciona el tema de la gestión efectiva de la autoridad forestal. Para la envergadura del sector forestal en el país se necesita una institucionalidad que tenga el rango de Viceministerio. Además se requiere una adecuada coordinación intersectorial y una participación activa de los actores involucrados para facilitar la gobernabilidad del bosque.

· Se ratifica el hecho de que no existe una voluntad política para la lucha efectiva contra la tala ilegal. Se aprecia que la orientación de las penalidades está dirigida más hacia los extractores y no se reconoce el carácter de crimen organizado de la tala ilegal en el país. Así mismo se dilata la evaluación objetiva de rendimientos que garantice un aprovechamiento sostenible y que corte las posibilidades de blanquear madera ilegal.

· Se reconoce que la figura de acceso directo a concesiones ya existe en el actual marco normativo, no obstante la nueva modalidad de acceso creada a solicitud de parte deja mucho margen para la discrecionalidad del funcionario lo que eventualmente abre puertas para la corrupción.
· Las facultades delegadas por el Legislativo al Ejecutivo no han cumplido su propósito fundamental de acercarse lo más posible a las exigencias del Anexo Forestal del TLC con los Estados Unidos de América y por el contrario pone en riesgo otros TLC con otros países incluyendo la Unión Europea. Esto no sólo afecta al sector forestal sino también a otros sectores económicos que tienen cifradas sus esperanzas en el TLC para ampliar su cobertura de mercados.

Por todo lo discutido los participantes plantean la inmediata derogatoria del DL 1090. La tesis que los defectos de la Ley puedan mejorarse a través de la reglamentación no tiene sustento por cuanto como se ha señalado hay problemas de fondo. El Capítulo de Ingeniería Forestal se compromete a aportar con contenidos técnicos que contribuyan a que en el más breve plazo se pueda contar con una Ley promotora que modernice al sector y extienda los beneficios de los bienes y servicios de los bosques a toda la sociedad peruana.

Lima, 23 de julio del 2008

JUNTA DIRECTIVA
CAPÍTULO DE INGENIERÍA FORESTAL
CONSEJO DEPARTAMENTAL DE LIMA
COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU

martes, 29 de julio de 2008



Análisis y rechazo del DL 1090, Nueva Ley Forestal de Fauna y Flora Silvestre, por Foro Ecológico y Foro Ciudades para la vida

Las organizaciones de la Sociedad Civil , abajo firmantes, hacemos manifiesta nuestra preocupación y disconformidad por la promulgación de la nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre a través del Decreto Legislativo N° 1090. Esta opinión se sustenta, entre otras, en las siguientes razones:

1. El proceso de elaboración del Decreto Legislativo N° 1090 ha sido realizado sin la participación de las Autoridades Regionales, los Colegios Profesionales, las Universidades, las organizaciones de la Sociedad Civil y la ciudadanía en general; y sin informar de la magnitud de esta modificación que se venía realizando. Este proceder en el manejo de temas de evidente interés público deslegitima su proceso de elaboración, y además contradice el compromiso asumido en el Acuerdo de Promoción Comercial entre Perú y Estados Unidos (conocido como TLC) de aumentar la participación del público y mejorar la transparencia en la toma de decisiones relativas a la planificación y manejo de los recursos forestales.

2. La exclusión de las tierras de aptitud forestal de producción del concepto de recurso forestal y su inclusión dentro del régimen para el aprovechamiento de tierras de uso agrario (Decreto Legislativo N° 1064) permitirá su cambio de uso y su adjudicación sin las apropiadas condiciones y requisitos que salvaguarden su conservación (Ley N° 28852). Permitir el cambio de uso y la adjudicación de de tierras de aptitud forestal de producción es una amenaza muy seria sobre los bosques pues incentiva su deforestación a fin de que pierdan su calidad de recurso forestal y se sometan a las normas de las tierras agropecuarias. Esto deja a las tierras de aptitud forestal de producción en una situación de mayor indefensión a la que se encontraba en el régimen establecido en la Ley N ° 27308.

3. Se ha debilitado la institucionalidad forestal al no definirse su nivel ni en el Decreto Legislativo N° 1090 ni en el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura. Tampoco, se establece claramente las funciones y atribuciones del Ministerio del Ambiente respecto de la conservación de los recursos forestales y el patrimonio nacional forestal. Además, se debilita la descentralizació n forestal al no reconocer las competencias y funciones asignadas a los Gobiernos Regionales en su Ley Orgánica en materias de promoción, control y fiscalización forestal y de fauna silvestre.

4. La inclusión de la “iniciativa privada” como una nueva modalidad de acceso directo para el aprovechamiento de los recursos forestales sin establecer ningún parámetro ni condición a nivel del Decreto Legislativo, a diferencia de las otras modalidades de acceso a los recursos forestales maderables, otorga demasiada discrecionalidad al reglamento generando un elevado riesgo que esta nueva modalidad debilite seriamente el sistema del ordenamiento forestal y el modelo de concesiones.

5. Se generan condiciones permisivas para la tala y el comercio ilegal de la madera al legitimar la adquisición de productos y subproductos forestales que deriven de la comisión de infracciones contradiciendo de manera directa el requisito de acreditación de procedencia legal previsto en el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna Silvestre (CITES) y TLC. Lo mismo ocurre con la no aprobación del incremento considerable de las sanciones penales contempladas en el artículo 310° del Código Penal del Perú lo que era un compromiso expreso del TLC. Además, el proyecto de Ley 2547-2007-PE no hace un tratamiento típico de las conductas relevantes que generan los actos de extracción, transformació n y comercio ilegal de productos y subproductos forestales como es el caso de los habilitadores y transformadores. Tampoco construye una estructura típica para la conducta de los profesionales que generan instrumentos de gestión forestal o ambiental con información falsa que promueven la tala y el comercio ilegal de productos forestales.

En el marco del TLC, el gobierno peruano ha asumido el compromiso de fortalecer la capacidad institucional, mejorar el desempeño del sistema de concesiones forestales, aumentar la participación del público y mejorar la transparencia, y mejorar la gestión y el control de los bosques para combatir la tala y el comercio ilegal; no obstante lejos de ello como se ha señalado estos compromisos se han incumplido e incluso se han reducido los niveles de la Ley N ° 27308, generando una posible amenaza no sólo al sector forestal si no también a otros sectores de la economía nacional quienes tienen cifrado en el TLC la expansión de sus mercados.

Por todo ello, solicitamos al Poder Legislativo modifique o derogue el Decreto Legislativo N° 1090 y abra un espacio para la participación y consulta ciudadana a efectos de evaluar y modificar en lo que corresponda la Ley N ° 27308 que permita la implementació n adecuada de los compromisos asumidos por el Gobierno peruano con el TLC y CITES.

Lima, 16 de julio del 2008.FORO ECOLOGICO DEL PERU
FORO CIUDADES PARA LA VIDA
COLECTIVO FORESTAL DE LA SOCIEDAD CIVIL
Fuente: Poder ciudadano Nro. 90

martes, 1 de julio de 2008


FEDERACIÒN REGIONAL DE RONDAS CAMPESINAS, URBANAS Y NATIVAS DE AMAZONAS


PRONUNCIAMIENTO

A LAS AUTORIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL

A LAS AUTORIDADES DEL GOBIERNO REGIONAL

AL PUEBLO PERUANO


La Federaciòn Regional de Rondas Campesinas, Urbanas y Nativas de Amazonas manifestamos lo siguiente:


PRIMERO.-La actual norma constitucional plantea el uso sostenible de los recursos naturales que son patrimonio de la naciòn y, por tanto del pueblo peruano. Asì mismo, el Convenio 169 de la OIT establece en forma clara y precisa los pasos que deben seguirse respecto a las concesiones dadas por cada Gobierno respecto a la exploración y posterior explotación de los recursos naturales.

SEGUNDO.-Es inaudito que en nuestro paìs, las Autoridades y el propio Gobierno Nacional estèn actuando con extrema y descarada parcialidad a favor de muchas empresas, en especial de las transnacionales mineras, desconociendo la normatividad antes referida, siendo esto una directa agresión a los intereses de la patria y por tanto, una violación de los derechos del pueblo peruano, representado por cada una de las poblaciones asentadas en los territorios concesionados ilegítimamente.

TERCERO.-Ante los hechos ocurridos en el distrito de Pulàn y otros territorios de las provincias de Santa Cruz y San Miguel de la Regiòn Cajamarca donde se han sucedido una serie de actos violentistas y provocadores por parte de personas allegadas a las empresas mineras, atentando contra la tranquilidad y la paz de las poblaciones de tales territorios, manifestamos nuestra unánime condena y rechazo a los agentes provocadores y chantajistas que, han llegado al extremo de acusar de 'senderistas' e incluso desarrollar campañas secretas de apología al terrorismo que, quieren responsabilizar autoría a los dirigentes ronderos y populares que se oponen con razón y sustento jurídico a las llamadas 'Audiencias Pùblicas' que 'legitimen' las concesiones mineras y por tanto la exploración y explotación respectivas.

CUARTO.-Nos solidarizamos con las Rondas Campesinas y pueblo de las provincias de Santa Cruz y San Miguel en sus justas luchas por defender la vida y el futuro acuífero de la cuenca del Rìo Chancayano que alimenta el Reservorio de Tinajones que sustenta el desarrollo de la vida agropecuaria de decenas de miles de hectáreas de cultivos en territorio lambayecano. Instamos a las diversas organizaciones patrióticas del paìs a sumarse a esta cadena de solidaridad con la lucha del pueblo cruceño y san miguelino en defensa del medio ambiente y el futuro de la vida del pueblo peruano.

QUINTO.-Responsabilizamos a las Autoridades de Gobierno Nacional por los hechos de violencia que se sigan generando contra los líderes populares y el pueblo de Pulàn y otros de la Regiòn Cajamarca en el ilegítimo proceso de la 'audiencia pública' a imponerse en fecha 3 del mes en curso, con la finalidad de buscar 'legitimidad' a las actividades mineras que, la historia nos confirma, como las empresas mineras se llevan todo y no aportan nada a favor del futuro de las poblaciones afectadas por la explotación minera.


¡VIVA EL PARO NACIONAL DEL 9 DE JULIO!

¡VIVA LA LUCHA DEL PUEBLO CRUCEÑO Y SAN MIGUELINO!

¡VIVA LAS RONDAS CAMPESINAS!

¡CUNARC, LA PATRIA NO SE VENDE, LA PATRIA SE DEFIENDE!


Bagua Grande, 1 de julio del 2008