miércoles, 30 de julio de 2008



Conversatorio: Decreto Legislativo 1090: Ley Forestal y de Fauna Silvestre

Resumen Ejecutivo

Los participantes del conversatorio “Decreto Legislativo 1090: Ley Forestal y de Fauna Silvestre”, ingenieros forestales, abogados ambientales y profesionales interesados en el sector forestal, después de escuchar las pone
ncias de expositores y panelistas así como deliberar en plenaria sobre los alcances del DL 1090 (Ley Forestal y de Fauna Silvestre) llegaron a las siguientes conclusiones:

· La carencia explícita de una política forestal que apueste por la sostenibilidad de los bosques y la competitividad empresarial forestal impide que se pueda dirigir el debate del nuevo marco forestal en un sentido coherente. Se requiere que las discusiones puedan orientarse dentro de un marco de políticas de Estado y no sólo como reacciones a contenidos parciales del DL 1090

· El nuevo marco forestal ha sido elaborado sin los adecuados mecanismos de consulta y participación de los sectores involucrados y se aprecia nítidamente que hay un sesgo para favorecer plantaciones de biocombustibles.

· Si bien es cierto que la anterior Ley 27308 no era perfecta recogía elementos fundamentales para avanzar hacia la institucionalización de manejo forestal sostenible. El modelo de concesiones y el manejo forestal en comunidades que han significado que a la fecha existan más de medio millón de hectáreas certificadas bajo estándares internacionales pone de manifiesto que el modelo tenía interesantes perspectivas de desarrollo. Con el marco de la nueva Ley todo ello queda en la incertidumbre sin tomar en cuenta que ha habido empresarios y comuneros que han apostado por el manejo forestal, que han realizado inversiones y que necesitan estabilidad política, normativa y social para poder seguir desarrollándose. Las propuestas iban en el sentido de mejorar la Ley 27308 y no de cambiarla ni menos de debilitar el manejo de los recursos forestales.

· El nuevo marco legislativo forestal tiene visos de inconstitucionalidad y de ilegitimidad no sólo, por que no han participado los actores involucrados en la actividad forestal, sino porque debilita la participación de la sociedad civil contrariando los compromisos asumidos frente a la Enmienda del TLC.

· La institucionalidad forestal se encuentra en una situación incierta y se aprecia una vocación centralista que se desdice del proceso de descentralización en el que el país está incurso. Además no se soluciona el tema de la gestión efectiva de la autoridad forestal. Para la envergadura del sector forestal en el país se necesita una institucionalidad que tenga el rango de Viceministerio. Además se requiere una adecuada coordinación intersectorial y una participación activa de los actores involucrados para facilitar la gobernabilidad del bosque.

· Se ratifica el hecho de que no existe una voluntad política para la lucha efectiva contra la tala ilegal. Se aprecia que la orientación de las penalidades está dirigida más hacia los extractores y no se reconoce el carácter de crimen organizado de la tala ilegal en el país. Así mismo se dilata la evaluación objetiva de rendimientos que garantice un aprovechamiento sostenible y que corte las posibilidades de blanquear madera ilegal.

· Se reconoce que la figura de acceso directo a concesiones ya existe en el actual marco normativo, no obstante la nueva modalidad de acceso creada a solicitud de parte deja mucho margen para la discrecionalidad del funcionario lo que eventualmente abre puertas para la corrupción.
· Las facultades delegadas por el Legislativo al Ejecutivo no han cumplido su propósito fundamental de acercarse lo más posible a las exigencias del Anexo Forestal del TLC con los Estados Unidos de América y por el contrario pone en riesgo otros TLC con otros países incluyendo la Unión Europea. Esto no sólo afecta al sector forestal sino también a otros sectores económicos que tienen cifradas sus esperanzas en el TLC para ampliar su cobertura de mercados.

Por todo lo discutido los participantes plantean la inmediata derogatoria del DL 1090. La tesis que los defectos de la Ley puedan mejorarse a través de la reglamentación no tiene sustento por cuanto como se ha señalado hay problemas de fondo. El Capítulo de Ingeniería Forestal se compromete a aportar con contenidos técnicos que contribuyan a que en el más breve plazo se pueda contar con una Ley promotora que modernice al sector y extienda los beneficios de los bienes y servicios de los bosques a toda la sociedad peruana.

Lima, 23 de julio del 2008

JUNTA DIRECTIVA
CAPÍTULO DE INGENIERÍA FORESTAL
CONSEJO DEPARTAMENTAL DE LIMA
COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERU

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